Cálculo de Indemnización por Despido Intempestivo

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Boletín Informativo – Resolución No. 02-2025

Pleno de la Corte Nacional de Justicia

“La remuneración que deberá aplicarse para el cálculo de las indemnizaciones que correspondan por despido intempestivo será la última percibida, siempre que esta sea más favorable para la o el trabajador.

De esta forma, se preferirá siempre la última mejor remuneración, la misma que podría corresponder a la del mes previo, o a la del mismo mes en que se produjo el despido.”

El presente documento – resumen lo elaboramos en base a nuestro conocimiento. Para una mejor comprensión y aplicación de los contribuyentes es recomendable la revisión integral de las normativas legales. Si tiene alguna duda puede escribirnos a info@nexoauditores.com

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