ESTIMADOS AMIGOS
Queremos informarles que, de acuerdo a la RESOLUCIÓN NRO. NAC- DGERCGC25-00000011 Contribuyentes especiales y la RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC25-00000010 Agentes de retencion; han surgido algunas dudas entre los contribuyentes. Esto se debe a que algunas empresas han sido incluidas o excluidas como agentes de retención o como contribuyentes especiales.
Hasta hace algunos años, el SRI emitía dos resoluciones separadas: una para designar a una empresa como contribuyente especial y otra para nombrarla agente de retención. Sin embargo, actualmente la normativa ha cambiado:
Ahora, todo contribuyente especial es considerado automáticamente como agente de retención, sin necesidad de una resolución adicional.
El RLRTI establece: Art (…).- Calificación de Agentes de Retención.-El Servicio de Rentas Internas seleccionará a los residentes en el país y establecimientos permanentes de no residentes en el Ecuador, y los calificará como “Agentes de Retención”, para el efecto, entre otros, se considerarán los siguientes parámetros:
- Registren un historial positivo de cumplimiento de obligaciones tributarias y deberes formales relacionadas con las retenciones a la fecha del análisis;
- No registrar un historial de deudas tributarias firmes relacionadas con la retención de impuestos en el periodo de análisis; y,
- No haber sido calificado por la administración tributaria como empresa fantasma o con transacciones inexistentes.
Los sujetos pasivos calificados como agentes de retención, actuarán como tal de los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas, en las condiciones que la norma y esta institución establezca.
El Servicio de Rentas Internas designará a los agentes de retención a través de resolución de carácter general, en ejercicio de su facultad normativa.
Art. (…).- Calificación de Contribuyentes Especiales.- El Servicio de Rentas Internas seleccionará a los residentes en el país y los establecimientos permanentes en el Ecuador, y los calificará como “Contribuyentes Especiales”, considerando entre otros parámetros, el volumen y materialidad de sus transacciones, su participación en la recaudación tributaria y los parámetros establecidos para calificar a los agentes de retención.
Los sujetos pasivos calificados como contribuyentes especiales serán agentes de retención de los impuestos administrados por el Servicio de Rentas Internas, en las condiciones que la norma y esta institución establezcan.
La calificación de contribuyente especial se efectuará a través de resolución de carácter general, en ejercicio de su facultad normativa.
El presente documento – resumen lo elaboramos en base a nuestro conocimiento. Para una mejor comprensión y aplicación de los contribuyentes es recomendable la revisión integral de las normativas legales. Si tiene alguna duda puede escribirnos a info@nexoauditores.com