Publicado en el Registro Oficial el 28 de agosto de 2025 – Ley de Transparencia Social (Artículo 39.2.1)
¿Qué es este impuesto?
Es un pago de impuesto a la renta que deben realizar las empresas en Ecuador sobre sus ganancias acumuladas no distribuidas.
El objetivo es incentivar la distribución de dividendos o la reinversión de capital.
¿Quiénes están obligados?
- Sociedades residentes en Ecuador.
- Establecimientos permanentes de sociedades no residentes.
¿Quiénes están exceptuados?
- Fondos y fideicomisos de inversión.
- Empresas de economía mixta (parte estatal).
- Entidades financieras o de seguros con utilidades que no pueden distribuir por normativa.
¿Cómo se calcula el impuesto?
- La tarifa es progresiva y se aplica sobre el 100% del monto de utilidades no distribuidas:

¿Qué pasa con el valor pagado?
El pago no es un gasto final, sino un crédito tributario. Su tratamiento dependerá de las acciones futuras de la empresa.
Paso 1:
Se realiza el pago a cuenta sobre utilidades no distribuidas.
Paso 2:
Dentro de los dos ejercicios fiscales siguientes, la empresa debe decidir:
✅ Distribuir o capitalizar
El valor pagado se utiliza como crédito tributario para:
- Compensar retenciones de dividendos.
- Compensar el Impuesto a la Renta.
- Solicitar su devolución si hay saldo.
❌ No distribuir ni capitalizar
El valor pagado se pierde y se convierte en:
- Un gasto no deducible.
- Ya no se puede compensar.
- Ya no se puede solicitar devolución.
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